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Los afectados por el 'cártel de los coches' van contra reloj para reclamar los más de 1.500 euros de compensación

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Diciembre es un mes marcado en rojo para los afectados por el denominado 'cártel de los coches'. De hecho, no se puede perder más tiempo para reclamar los más de 1.500 euros a los que pueden acceder si compraron un vehículo entre 2006 y 2013, y su marca está entre las que recibieron sanción por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) –y ratificación por el Tribunal Supremo–.Esta historia se remonta a la primera década de este siglo.

El conocido como 'cártel de los coches' agrupó a las principales marcas de fabricantes de vehículos del mercado español –en conjunto, tenían una cuota de mercado del 91%–, para el intercambio de forma sistemática de información confidencial y comercialmente sensible con un gran nivel de detalle.Entre esas marcas se encontraban Citroën, Renault, Volvo, Ford, Hyundai, BMW, Nissan, Honda, Mercedes-Benz y Toyota, entre otras tantas.Esta información abarcaba casi todas las actividades realizadas por la red de distribución y postventa de las compañías: venta de vehículos nuevos y usados, prestación de servicios de taller, reparación, mantenimiento y venta de piezas de recambios oficiales.Las prácticas llevadas a cabo por el cártel hicieron que disminuyera la competencia entre los distintos fabricantes de coches.

Esto se tradujo en políticas comerciales menos agresivas y en un menor esfuerzo a la hora de distinguirse de las otras empresas, por ejemplo, proporcionando a sus clientes servicios de más calidad. Para los consumidores, supuso, entre otros, disfrutar de menores descuentos a la hora de comprar un coche nuevo o utilizar los servicios de postventa, reparación o mantenimiento.Tras una detallada investigación, en julio de 2015, la CNMC sancionó con 171 millones de euros a 21 empresas presentes en el mercado, así como a dos empresas consultoras.

La investigación y sanción de estas conductas fue posible gracias a la solicitud de clemencia presentada por Seat, que denunció ante Competencia la existencia de dicho cártel.Qué pueden hacer los afectadosLo curioso de este caso es que la sanción es puramente administrativa y es recaudada por el Estado (como una multa de tráfico).

Lo que pueden hacer los consumidores, empresas y administraciones afectadas es reclamar judicialmente el sobreprecio que pagaron por su coche.En el conjunto de la afectación (7,9 millones de vehículos) habrá muchos vehículos que no se reclamarán. Principalmente, porque la gente no sabe que ha sido afectada por una conducta anticompetitiva como ésta y que, en consecuencia, puede reclamar el sobreprecio que pagó.Según explica a este periódico la abogada de Redi Abogados, Gemma Gaya, el 1 de diciembre de 2026 es la fecha de referencia para reclamar por los sobreprecios vinculados al cártel.

Los afectados todavía tienen la posibilidad de reclamar una indemnización por el sobreprecio que pudieron pagar al comprar un vehículo. Sin embargo, el tiempo disponible para hacerlo se está agotando. Así lo explica Gaya, que recomienda a particulares, empresas y administraciones que quieran iniciar una reclamación que no demoren los trámites.La sanción llegó a afectar a 21 marcas, y el periodo para reclamar se acaba y luego será más difícil obtener el dinero perdidoLa principal advertencia de la abogada se refiere a los tiempos de prescripción.

Explica que el plazo general es de cinco años desde que adquirió firmeza la resolución sancionadora correspondiente a cada fabricante. Como las distintas marcas recurrieron por separado, las fechas no son las mismas y, por tanto, tampoco lo son los plazos para reclamar.«Teóricamente, los cinco años se cumplirían el 1 de diciembre de 2026 para Toyota», señala Gaya.

Para algunas marcas el plazo ya habría vencido, aunque la abogada recuerda que las cuestiones relativas a la prescripción pueden ser objeto de discusión jurídica. Por ello, el vencimiento de un plazo no implica necesariamente que cualquier reclamación posterior deba quedar descartada, aunque acudir a los tribunales fuera de la fecha de referencia puede entrañar riesgos.«Si quieres reclamar, hazlo ahora», resume Gaya, que considera prudente presentar las reclamaciones antes del 1 de diciembre de 2026 para evitar que un tribunal pueda entender que se han formulado fuera de plazo.Una de las cuestiones que puede generar más dudas entre los afectados es si el hecho de que Toyota sea la marca que todavía se encontraría dentro del plazo de referencia significa que únicamente pueden reclamar quienes compraron un vehículo de ese fabricante.La respuesta de Gaya es clara: no.

La responsabilidad solidaria de los fabricantes permite, según explica, reclamar el perjuicio sufrido por la compra de un vehículo de otra de las marcas afectadas frente a cualquiera de los responsables solidarios, aunque el alcance concreto de esa responsabilidad debe analizarse jurídicamente en cada caso.Cuestiona prácticasSobre la indemnización, no es una cantidad fija para todos los afectados.

El objetivo de estas reclamaciones es recuperar el sobreprecio que los compradores habrían soportado como consecuencia de las prácticas del cártel.Para calcularlo, los peritos pueden defender distintos porcentajes sobre el precio de adquisición del vehículo. Gaya indica que una de las referencias que se maneja es un sobreprecio aproximado del 10%, aunque las cantidades reconocidas pueden variar según el tribunal que resuelva el asunto.

«Hay tribunales que te pueden dar un 10%, otros un 5% y hay algún tribunal que te da un 3%. Siempre es sobre el precio de compra», explica. Las cantidades pueden oscilar entre los 1.500 y 3.000 euros.Por tanto, la cantidad que podría recuperar cada afectado dependerá tanto del precio que pagó por su automóvil como del porcentaje de indemnización que finalmente se reconozca.

No todos los compradores obtendrán necesariamente la misma cuantía, incluso cuando sus casos presenten características similares.Escríbenos Si tienes dudas sobre tu economía doméstica, cuéntanoslascuentascorrientes@abc.esPara iniciar el procedimiento, el primer paso consiste en acreditar que se compró un vehículo nuevo entre febrero de 2006 y agosto de 2013, que pertenecía a una de las marcas afectadas por el cártel y cuál fue el precio abonado.En caso de no conservar la factura original, la abogada apunta que existen alternativas para reconstruir y acreditar la operación.

Por ejemplo, se puede solicitar a la Agencia Tributaria una copia de la documentación del impuesto de matriculación, siempre que resulte adecuada para justificar los datos necesarios. Una vez reunidos los documentos, estos deben ponerse en manos de los profesionales que vayan a tramitar la reclamación.

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